Permisos laborales ¿para quién? (La Madeja nº 0)

Ana García Fernández

Permiso por maternidad, incluso ahora también por paternidad, quince días por casarse, uno o dos por cambiar de casa, tres días por defunción de familiar en primer grado; ausencias y flexibilidad de horarios permitidas por cuidado de familiares dependientes para «conciliar».

Ninguna mención a la amiga hospitalizada, al ahijado cuyos progenitores tienen unos turnos de trabajo imposibles, a la vecina vieja y sola que amaneció enferma y necesita que le hagan la comida, a la tubería rota que sólo puede ser arreglada en horas de trabajo –en las que, casualmente, tú trabajas–.

«Liberación» de horas para dedicar a uno de esos sindicatos que ya más bien parecen la cara amable del Estado o de la empresa que te enseñan tu nuevo lugar de trabajo, te facilitan el acceso a documentación oficial, que intentan asegurar sueldos, vacaciones y permisos para el personal «fijo», mientras sigue aumentando la inseguridad y la precariedad del personal «discontinuo, temporal, sin papeles».

Ceguera laboral para con la participación activa en los asuntos del barrio, del pueblo, de la ciudad… Nada de permisos para una reunión de la asociación de vecinas/os; para dedicar horas a una publicación feminista o ecologista; para reivindicar en la calle derechos y libertades para todas las personas.

No estoy proponiendo que se acabe con los permisos antes mencionados; o sí, que se acaben para que no sea el Estado o la empresa quien decida para qué se puede tener permiso; que se transformen, que no haya que pedir permiso; que tengamos derecho a nuestro tiempo de vida.

Y ahí estamos algunas personas, intentando que los caballos desbocados que tiran de cada una de nuestras extremidades (familia oficial, afectos oficiosos, sindicatos y espacios alternativos de reivindicación de luchas sociales) no nos descuarticen; atónitas, mientras intentamos entender quién ha espoleado esos caballos; empeñadas en que cada persona pueda reconocerse en su propia existencia.

Las «políticas de igualdad» para «todos y todas» expresadas en leyes y planes diversos, que a priori puede parecer que van a reducir las discriminaciones laborales de las mujeres con respecto a los hombres, pueden no tener dicho efecto por no estar las mujeres objeto de discriminación en el lugar en que se pueden aplicar estas normativas.

Puede que un grupo muy determinado de mujeres, aquellas de edad media-avanzada con contratos a jornada completa y estable, tenga mayor facilidad para «conciliar» su esfera profesional con aquella de «cuidar» de las personas dependientes de su familia, aunque esto no tiene por qué ser «beneficioso» para ellas. Pero muchas de las mujeres jóvenes que podrían beneficiarse de una excedencia o de una reducción de jornada por cuidado de hijas e hijos están en el paro o en trabajos precarios donde difícilmente van a poder disfrutar de estos permisos. Podríamos pensar entonces que quizás los hombres empiecen a solicitar excedencias y permisos para cuidar, aunque esto es un imaginar, pues de momento no se ha dado el caso –en 2007, sólo un 1% de los hombres que se acogió a la reducción de jornada lo hizo para el cuidado de hijas, hijos o personas dependientes, frente a un 18% de mujeres que eligió este tipo de jornada por ese motivo (1)–. Y difícilmente se dará mientras la diferencia salarial continúe siendo la antes mencionada.

No estoy proponiendo que se acabe con los permisos [laborales]; o sí, que se acaben para que no sea el Estado o la empresa quien decida para qué se puede tener permiso; que se transformen, que no haya que pedir permiso; que tengamos derecho a nuestro tiempo de vida.

Hay quienes insisten en hacernos creer que las mujeres con hijas e hijos de corta edad ya «concilian» prefiriendo contratos de media jornada o no queriendo estar en el mercado laboral. Sin duda algunas mujeres preferirán esto, pero los datos nos dicen que la mayoría no eligen estas opciones, sino que se ven obligadas a ello: la mayoría de las mujeres que buscan trabajo tienen entre 25 y 44 años, “la principal motivación que argumentan la mayoría de las personas con jornada parcial es el no haber podido encontrar trabajo de jornada completa” (1) y parece ser que algunas empresas prefieren a las mujeres en casa como esposas de sus trabajadores, según se refleja en el testimonio de un estudio sociológico reciente:

«(…) me ha pasado en Mediamarkt, para un puesto de técnico de recursos humanos me preguntaron si estaba casada, yo creo que la entrevista salió bastante bien, pero en el momento en que salió esa pregunta le dije que sí y ya me preguntó si quería tener hijos (…) El caso es que cuando le dije que no quería tener hijos no me creyó. (…) o si se lo creyó, piensa que soy una ‘mujer desnaturalizada’ que no quiere tener hijos… o mentirosa o mala mujer (…)» (3, pág. 85)

Así pues, si no cumples ninguno de los requisitos mencionados, esas leyes no tienen nada que ver contigo. Es como vivir en realidades simultáneas e irrelevantes la una para la otra. En concreto, si eres una persona extranjera «sin papeles» o «con papeles» dependientes de la existencia de un contrato de trabajo, si eres joven –especialmente mujer joven–, o no tan joven, pero trabajas o has trabajado en uno de esos sectores afectados por «la crisis», esas leyes no te afectan.

En una sociedad en la que la tendencia es la precarización de las condiciones del trabajo asalariado cabría pensar que los sindicatos en general, y los mayoritarios en particular, ejercieran mayor presión por mejorar estas condiciones y se ocuparan en mayor medida de esas «bolsas» de gente cada vez más grandes a las que afecta ese empeoramiento de su situación laboral. Pero, por una parte, las leyes y normativas que se aplican a la actividad sindical están pensadas para un mercado laboral en el que la temporalidad de los contratos sea mucho menor de la que hoy en día es. Por ejemplo, para ser representante sindical, tu contrato debe tener un mínimo de tiempo de antigüedad que muchas relaciones laborales hoy no tienen. O sea, que las personas que tienen posibilidades de representar a las y los trabajadores precarios son aquellas que no sufren esta precariedad y muchas veces tienen un sexo, una edad y una situación legal diferente de aquellas personas a las que en teoría representan.

Los permisos laborales también actúan como definidores de cómo debe ser la sociedad.

Por otra parte, la derechización ocurrida en las últimas décadas en los sindicatos mayoritarios –al menos en sus cúpulas–, así como la proliferación de sindicatos corporativos, contribuyen a ese «olvido» de las situaciones laborales precarias. Como dice Rosario Hernández, «nacen nuevas formas de explotación bajo la era del optimismo social de la flexibilidad y la movilidad, y por tanto han de nacer nuevas formas de sindicalismo que cuenten como pilar con el pensamiento y la acción feminista. A nuevas explotaciones nuevas resistencias, resistencias feministas.» (3, pág. 175). Pero aún no han aparecido, o no con la suficiente fuerza.

Me gustaría terminar estas líneas haciendo una llamada de atención sobre cómo los permisos laborales también actúan como definidores de cómo «debe» ser la sociedad, de cómo se comportan diciendo lo que está mejor o peor en tu vida personal. Nos quieren casadas y casados, con hijas o hijos, cuidando a nuestros mayores –para así no tener que pensar como sociedad qué hacer con esa gente que ya no produce, necesita ayuda y se empeña a vivir hasta pasados los 80 años–, y si acaso participando en organizaciones que ya están lo suficientemente adaptadas a las normas del Mercado y que aseguran que no se nos ocurrirá ponerlo todo patas arriba.

Datos: Empleo

Hay una legislación para «todos y todas», siempre y cuando se cumplan unos requisitos previos: tener nacionalidad española o permiso de residencia para trabajar, añadido a tener un contrato de trabajo de larga duración, a poder ser con jornada completa y en una entidad que no te exija no pertenecer a ningún sindicato para contratarte. Entonces sí, entonces esas leyes son relevantes para ti y pueden facilitarte el día a día. Pero esto es lo que ocurre en el Estado español:

  • El 50% de las mujeres en edad de trabajar tienen un empleo, frente al 70% de los hombres. (1)
  • El salario bruto anual de las mujeres es un 25% menor que el de los hombres. (2)
  • Más de 11 millones y medio de hombres tienen jornada completa, frente a sólo 6 millones y medio de mujeres. Sin embargo, el número de mujeres con jornada parcial cuadruplica al de hombres: casi dos millones frente a cerca de medio millón. (1)
  • Entre 2005 y 2007 el 60% de las personas demandantes de empleo eran mujeres, mayoritariamente de edades comprendidas entre 25 y 44 años. (1)
  • La proporción de contratos anuales a mujeres es de 7 temporales por cada 1 indefinido. (1).

 

(1) Estudio sobre la Evaluación de las Políticas de Igualdad en el Ámbito Laboral en España. Informe Final de Evaluación para el Instituto de la Mujer del Ministerio de Igualdad. ECOTEC Research and Consulting Ltd. Noviembre 2008.

(2) Fuente: INE, Encuesta de Estructura Salarial (pág. Web instituto de la mujer).

(3) Pero este trabajo yo para qué lo hago. Estudio sociológico sobre los malestares ocultos de algunas precarias conscientes. Rosario Hernández Catalán. Federación Mujeres Jóvenes. 2009.